De acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas para el control de las Drogas y la Prevención del Delito (ONUDD), y el Reporte de Trata de Personas del Departamento de Estado de Estados Unidos de América, México esta catalogado como fuente, tránsito, y destino para la trata de personas, para los propósitos de la explotación sexual comercial y del trabajo forzado. Los grupos considerados más vulnerables para la trata de personas en México incluyen a mujeres y los niños, las personas indígenas, y los migrantes indocumentados.
La mayoría de las víctimas tratadas en el país son extranjeras, especialmente para la explotación sexual comercial son provenientes de América Central, particularmente Guatemala, Honduras, y El Salvador; la mayoría para tránsito, en el camino a los Estados Unidos y, en un grado inferior, a Canadá y a Europa occidental.
En México de 2005 a 2008 se han detectado más de 300 casos de trata de personas. Se tiene conocimiento que 22 eran extranjeros y fueron apoyados por el Instituto Nacional de Migración (INM) para regular su estancia en el país por su condición de víctimas de trata de personas.
En lo referente al ejercicio legislativo, en 2007 se promulgó, la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas y su reglamento a nivel federal, publicado en febrero de 2009. También en 2009, veintidós estados mexicanos y el Distrito Federal decretaron reformas en su código penal, que tipifican algunas formas de trata de personas, y únicamente el Distrito Federal y Chiapas cuentan con leyes específicas sobre la materia.
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